Impuestos y Contabilidad

REDEME: ¿qué es y cuándo inscribirse en este régimen?

por Sara Martínez | 19 julio, 2018

El REDEME (Régimen de Devolución Mensual del IVA) es un régimen excepcional que permite a empresas y autónomos pagar y devolver el IVA mensualmente, en vez de anualmente como sucede en el régimen general.

 

Este sistema exige llevar un seguimiento continuo y mucho más actualizado de las cuentas y las facturas de la empresa. Pero también resulta muy útil si tenemos que hacer frente a grandes inversiones o necesitamos recuperar cierto capital para afrontar el desarrollo de la actividad.

 

Actualmente, cualquier empresa o autónomo puede acogerse a este régimen de manera voluntaria, aunque para ello es necesario cumplir con una serie de requisitos. A continuación te explicamos cómo funciona el REDEME y cómo puedes beneficiarte si decides acogerte a él.

 

 

 

¿Cómo funciona el REDEME?

 

El REDEME funciona de manera similar a la declaración trimestral, la diferencia es que en este régimen el IVA se autoliquida mes a mes. Antes solo estaba disponible para grandes empresas, con una facturación superior a 6 millones de euros, y para exportadores. Ahora todas las empresas, independientemente del volumen y la naturaleza de sus operaciones, pueden acogerse a este régimen.

 

 

¿Quién puede solicitarlo?

 

La gran mayoría de los sujetos pasivos que tributen por el IVA pueden solicitar su inscripción en el REDEME. Pero es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

 

  • No tributar en el régimen simplificado del IVA.

 

  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.

 

  • No haber sido excluidos del Registro en los 3 años anteriores a la solicitud.

 

 

¿Cómo darse de alta?

 

Para solicitar la inscripción en el REDEME deben presentarse los siguientes modelos en la Agencia Tributaria:

 

  • Modelo 036. Declaración Censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

 

  • Modelo 039. Comunicación de datos relativa al régimen especial de grupos de entidades en el IVA.

 

Las solicitudes de inscripción deben presentarse en el mes de noviembre del año anterior a aquel en que vaya a aplicarse el nuevo régimen.

 

Una vez dados de alta, es importante tener en cuenta que para liquidar el IVA con periodicidad mensual es necesario presentar las autoliquidaciones por vía telemática. Para ello, los contribuyentes deberán presentar los siguientes documentos:

 

  • Modelo 303. Al igual que el régimen general, este modelo sirve para presentar las autoliquidaciones de IVA.

 

  • Modelo 340. Una declaración informativa para presentar el contenido de los libros registro IVA.

 

 

 

¿Qué ventajas ofrece el REDEME para autónomos y PYMEs?

 

Antes de tomar una decisión, es importante que conozcas bien las ventajas y desventajas del REDEME para saber si realmente te conviene o no. Además, no hay que olvidar que si decides acogerte a este régimen estarás obligado a permanecer en él durante un año.

 

Su ventaja principal es clara, y es que las empresas no tienen que esperar a que acabe el año para solicitar la devolución del IVA que les corresponde. Esto supone un importante beneficio para las empresas con un IVA soportado mayor al repercutido.

 

De este modo, se puede reducir el coste que suponen las devoluciones, algo muy importante para startups o empresas que están empezando o para aquellas que tienen que hacer frente a grandes inversiones. Por ejemplo, por norma general, las empresas exportadoras suelen tener un IVA soportado más elevado que el repercutido, por lo que el REDEME puede resultar bastante útil.

 

Sin embargo, no todo don ventajas. Este sistema supone llevar la gestión de la empresa al día para poder enviar a Hacienda toda la documentación correspondiente. Este trabajo puede llegar a ser agotador, ya que necesitarás tener una gestión contable exhaustiva que te permita informar de todas las facturas emitidas y recibidas mediante el nuevo sistema de comunicación denominado Suministro Inmediato de Información (SII).

 

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