Impuestos y Contabilidad

Modelo 349 de operaciones intracomunitarias: ¿cómo presentarlo?

por Sara Martínez | 27 diciembre, 2018

Si vendes o compras a otros países de la Unión Europea es muy probable que tengas que presentar el modelo 349 a la Agencia Tributaria. Se trata de una declaración informativa mediante la cual autónomos y empresas deben detallar sus operaciones intracomunitarias, es decir, las ventas o compras realizadas a una empresa o profesional de otro estado miembro de la UE.

 

 

 

Qué información debe incluir el modelo 349

 

El modelo 349 solo debe incluir las operaciones intracomunitarias que realices con empresas o profesionales. Es decir, si vendes productos o servicios a particulares, no estás obligado a presentar este modelo, ya que no se considera una operación intracomunitaria.

 

De este modo, todos los datos declarados en el modelo 303 de IVA, deberán incluirse también en el modelo 349. Los importes de ambas declaraciones deben coincidir, en caso contrario, es muy probable que Hacienda te haga una inspección.

 

En caso de que realices operaciones con un país que no pertenece a la UE, estas ya no se consideran operaciones intracomunitarias, sino exportaciones.

 

 

Quién tiene que presentar el modelo 349

 

Todos los sujetos pasivos del IVA que realicen o hayan realizado operaciones intracomunitarias están obligados a notificárselo a Hacienda a través del modelo 349, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

 

  • Que la operación no se realice en el territorio de aplicación del impuesto. Es decir, debe realizarse desde alguno de los 28 países pertenecientes a la UE, y debe dirigirse a otro país también comunitario pero con gravamen distinto.

 

  • Que la operación esté gravada por otro Estado miembro.

 

  • Que el destinatario sea empresario o profesional, o que sea una persona jurídica que no actúe como empresario o profesional pero posea un número de identificación de IVA suministrado por ese Estado miembro.

 

  • Que el sujeto pasivo sea el destinatario.

 

Recuerda que para operar en la Unión Europea debes estar dado de alta en el Registro de Operaciones Intracomunitarias (ROI). Una vez hecha la inscripción, recibirás un CIF intracomunitario y podrás emitir la factura sin IVA, acogiéndote al sistema del IVA intracomunitario.

 

 

¿Cuándo hay que presentarlo?

 

El plazo de presentación del modelo 349 suele generar bastante dudas. Por normal general, debe presentarse con periodicidad mensual, durante los 20 primeros días naturales del mes siguiente a la operación. Sin embargo, existen excepciones, y la presentación podrá ser bimestral, trimestral o anual en los siguientes supuestos:

 

  • Mensual: Si el importe total de las operaciones intracomunitarias asciende a más de 50.000 euros.

 

  • Bimestral: Cuando al finalizar el segundo mes de un trimestre el importe de las operaciones es superior a los 100.000 euros.

 

  • Trimestral: Cuando el importe total de las entregas de bienes y prestaciones intracomunitarias de servicios no supera los 50.000 euros. En este caso, los plazos de presentación serán los 20 primeros días naturales del mes siguiente al trimestre (abril, julio y octubre), menos en el último trimestre, que se presentará del 1 al 30 de enero.

 

  • Anual: Si los ingresos generados no superan los 35.000 euros y las entregas de bienes a otro Estado miembro no superan los 15.000 euros. En este caso, el plazo de presentación será del 1 al 30 de enero.

 

 

Aunque pueda parecer complicado, rellenar y presentar el modelo 349 es fácil si llevas tu contabilidad al día. Si quieres ahorrar tiempo y simplificar todos estos trámites, lo mejor en contar con un software de facturación y gestión online que te ayude a cumplir con todas tus obligaciones fiscales.

 

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