Impuestos y Contabilidad

Todo lo que debes saber sobre el IRPF de los autónomos

por Sara Martínez | 13 noviembre, 2018

Todas las empresas están obligadas a realizar retenciones del IRPF sobre los rendimientos de sus empleados, y estos a su vez, deben tributar por el IRPF. Como autónomo o empresario individual también estás sujeto a este impuesto. Sin embargo, el IRPF de los autónomos funciona de manera un poco distinta con respecto al resto de trabajadores.

 

 

 

¿Qué es el IRPF y cómo afecta a los autónomos?

 

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es uno de los impuestos directos más representativos de nuestro sistema tributario. Se trata de un impuesto progresivo que grava las rentas obtenidas de los trabajadores.

 

Las retenciones de IRPF funcionan como un adelanto de los contribuyentes a cuenta de la declaración de la renta. De este modo, Hacienda se lleva una pequeña cantidad, de la nómina de los empleados y de las facturas de los autónomos, a cuenta del resultado esperado en la declaración. En el caso de que las retenciones del IRPF sean demasiado altas, el resultado será a devolver. Y si es a pagar, es que las retenciones han sido insuficientes.

 

Los autónomos deben aplicar la retención directamente en sus facturas y presentar la autoliquidación del IRPF trimestralmente. El tipo de retención a aplicar en las facturas con carácter general es del 15%. Por tanto, deberás pagar a Hacienda la cantidad proporcional al 15% de todo lo que hayas facturado en un trimestre. En caso de que seas nuevo autónomo, y no hayas realizado ninguna actividad profesional durante el año anterior, puedes aplicar un 7% durante los tres primeros años de actividad.

 

 

¿Qué autónomos tienen que pagar IRPF?

 

Es importante tener en cuenta que una gran parte de los autónomos no están obligados a realizar retenciones en sus facturas. Los autónomos exentos son los que están dados de alta en actividades empresariales, aquellas incluidas en la primera sección del IAE.

 

El resto de profesionales autónomos que se acojan al régimen de estimación directa, es decir, aquellos que realicen actividades profesionales o artísticas, siempre deben incluir retenciones del IRPF en sus facturas. Además, también están obligados a presentar las cuatro declaraciones trimestrales del IRPF mediante el modelo 130. Sin embargo, aquí conviene recordar que si más del 70% de tus facturas llevan retenciones estás exento de presentar la declaración trimestral.

 

Además, debes tener en cuenta que en las facturas a clientes particulares tan solo tendrás que aplicar el IVA. Estas no llevan retención porque los particulares no presentan declaraciones por retenciones a Hacienda.

 

 

 

Cómo se aplica el IRPF de los autónomos

 

Aplicar el IRPF de los autónomos en las facturas es más sencillo de lo que parece. Una vez tengamos definida la base imponible, es decir, el precio de venta original, debemos calcular sobre dicha cuantía el porcentaje correspondiente de IRPF (importe que adelantas a Hacienda y que tu cliente tendrá que liquidar).

 

Restamos la cantidad obtenida a la base imponible y el resultado será la cantidad total a cobrar. Eso sí, no hay que olvidar que durante este proceso también se debe calcular el IVA, que se suma sobre la base imponible porque más adelante lo tendrás que liquidar.

 

Pongamos un ejemplo más práctico. Si emites una factura con una base imponible de 1000€, tendrás que sumarle 210€ del IVA (21%) y restarle 150€ del IRPF (15%), por lo que al final tendrás que emitir una factura con el valor de 1.060€.

 

La cantidad que restas en concepto de IRPF es un dinero que no vas a ingresar, un pago por adelantado a tu declaración de la renta, y tendrás que informar a Hacienda de que has ingresado ese dinero mediante declaración trimestral del IRPF.

 

En el caso de que tú recibas una factura sujeta a retención, pasas a convertirte en recaudador del impuesto, y tendrás que informar a Hacienda a través del modelo 111 e ingresarlo trimestralmente. Asegúrate de tu proveedor aplica el IRPF correctamente, ya que tú serás el responsable ante la Agencia Tributaria.

 

 

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